Pero piense el Gobierno que si España se le va de entre las manos, no podrá escudarse tras de una excusable negligencia. Cuando la negligencia llega a ciertos límites y compromete ciertas cosas sagradas, ya se llama traición.

José Antonio Primo de Rivera.
(F.E., núm. 15, 19 de julio de 1934)

jueves, 8 de septiembre de 2011

SOBRE LAS INCOMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES.

Según dice El Mundo, don Francesc Homs, portavoz del Govern, ha afirmado que el Tribunal Supremo (TS) y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) "no están habilitados" para valorar si una ley se ajusta al marco constitucional vigente ni para obligar a finiquitar el actual modelo de inmersión lingüística en Cataluña.

El señor Homs, para los que hablamos -y escribimos- en español, es, por mucho que le pese a la incultura de los redactores de El Mundo, portavoz del Gobierno autónomo de Cataluña, lo cual se avisa a los efectos señalados por mi camarada Arturo en reciente artículo de este mismo blog.

Sobre las declaraciones del portavoz señor Homs, debo declarar que desconozco a qué Tribunal corresponde dilucidar los asuntos relativos a los derechos fundamentales que recoge el Título I de la Constitución. Incluso estoy dispuesto a admitir que el Gobierno autónomo de Cataluña esté en lo cierto, y que los tribunales señalados (Supremo y Superior de Justicia de Cataluña) sean incompetentes para dictaminar sobre el derecho fundamental a conocer la lengua que la Constitución denomina castellano y que -para los que no estamos sometidos a la gilipollez de la corrección política- se llama español. Sin que me apuren demasiado, podría admitir que todos los Tribunales de España son incompetentes.

De lo que si estoy seguro, es de que el señor Homs y su Gobierno autónomo no tendrían argumento alguno para dudar de la constitucionalidad del artículo 155.

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